La exhibición de la bandera nacional en espacios públicos es prerrogativa exclusiva del Estado.
Los departamentos gubernamentales, las instituciones oficiales y los palacios de los jefes cantonales son las únicas entidades autorizadas a izar la bandera, de acuerdo con estrictos protocolos que definen su colocación y los procedimientos de media asta, especialmente durante los periodos de luto nacional.
Por el contrario, en el ámbito privado, el uso de la bandera sigue siendo una libertad individual.
Los ciudadanos son libres de exhibirlo para mostrar su patriotismo o celebrar victorias deportivas, siempre que respeten la dignidad del emblema nacional.
El equipo editorial